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El instituto denomina prestador al
licenciatario ya vinculado con un cliente o usuario, mediante un
contrato de provisin de servicios, al que arriba por la oferta
del mismo al publico.
Este vinculo contractual, se viabiliza en un contrato "por
adhesin", cuya aprobacin por parte de la Autoridad de
Aplicacin implica una correcta traduccin de los intereses y
derechos y obligaciones de las partes, donde existe la libertad
de fijar tarifas o precios, sin discriminaciones y con
transparencia.
El instituto denomina prestador al licenciatario ya
vinculado con un cliente o usuario, mediante un contrato de
provisin de servicios, al que arriba por la oferta del mismo al
publico.
Este vinculo contractual, se viabiliza en un
contrato "por adhesin", cuya aprobacin por parte de la
Autoridad de Aplicacin implica una correcta traduccin de los
intereses y derechos y obligaciones de las partes, donde existe la
libertad de fijar tarifas o precios, sin discriminaciones y con
transparencia.
En el caso de los usuarios o clientes, la tutela de
sus derechos, encuentra la instancia adicional, conjunta y
contempornea, de la Secretara de Defensa de la Competencia y del
Consumidor y de la Secretara de Comunicaciones.
La tipificacin del prestador o licenciatario
encuentra dos niveles, solo referidos al componente
econmico-financiero de su presencia; el prestador con poder
significativo y el dotado de poder dominante. La referencia esta
vinculada exclusivamente a la superacin de porcentajes de ingresos
respecto al resto de los prestadores en la zona o el pas ( mas del
25 % y del 75 % ,respectivamente).
El ttulo de la licencia, es un reconocimiento de
la aptitud del prestador para llegar a ofrecer y prestar,
responsablemente, el servicio que propone, en base a sus
antecedentes y al proyecto que somete a consideracin para
perseguir la obtencin del ttulo.
Debe considerarse que la tipificacin de
"poder significativo" y "poder dominante",
tienen consecuencias vinculadas a posibles practicas monopolicas o
conductas empresarias reprochables, ya sea respecto a los clientes
en general, la situacin del mercado en una zona o rea en
particular o con respecto a otros licenciatarios.
No obstante, analizados los componentes geogrficos
del pas, respecto a las telecomunicaciones y el componente socio
econmico y psicosocial, poda tenerse en consideracin la
tipificacin de otros tipos de prestadores.
La multiplicacin exponencial de nuevas opciones de
tecnologa, puede implicar que un licenciatario pueda disponer de
una edad tecnolgica de equipamiento que le permita ofertar un
servicio determinado en un rea muy extensa, a una gran cantidad de
medianas y pequeas localidades y convertirse en un prestador con
"poder social significativo", sin alcanzar a superar el 25
% de los ingresos totales generados por todos los prestadores del
mismo servicio en los mismos lugares.
Es decir, puede alcanzar una presencia "social
significativa", sin un "poder significativo" ,en los
trminos que indica el decreto mencionado, prestando servicios a
mucho mas que el 25 % de los usuarios de la regin.
En prestador con "poder social
significativo" podra ser acreedor a una tutela especfica,
ya que concurre a erosionar desigualdades potenciadas, integrando
reas del pas en beneficio del plexo social y ecumnico de la
Nacin.
Considero esencial analizar este aspecto, dado la
diversidad de las regiones del pas, las dicotomas que presentan,
la necesidad de impulsar polticas integradoras "hacia
arriba" y acentuar la practica de la voluntad poltica de no
marginacin de grandes extensiones del territorio.
Una adecuada prospeccin de la situacin futura
inmediata del mercado, en una gran cantidad de regiones y
localidades del interior del pas, podra llevar a instituir esta
nueva figura, cuyas consecuencias estaran mas vinculadas a
polticas de integracin en aspectos , como por ejemplo ,
transmisin de datos para acceso a Internet; en situaciones donde
el ancho de banda disponible, ni la "locacion dinmica",
ni la velocidad son imprescindibles; sino solamente la posibilidad
de acceder a la trama de la informacin mundial para poder
procesarla rumbo al conocimiento.
Estas consideraciones, no deben impulsarnos, por una
traslacin mecanicista, a concebir la posibilidad del
"prestador con poder social dominante"; lo que podra si
formar parte de un anlisis vinculado a los "constructores de
opinin", tema ajeno a este ensayo.
No obstante, debe tenerse en cuenta los efectos que
el instituto propuesto contiene; no solo respecto a las condiciones
de acceso y uso del recurso espectral, a la modulacin que se
implemente, a la categora del servicio ( primario o secundario) y
la posibilidad que la naturaleza secundaria de una categora y
condiciones de propagacin impongan una tutela especifica, que no
reconoce precedentes en las tres Amricas.
En determinados lugares de Argentina, deviene como
mas importante la cantidad de usuarios que puedan acceder a un
servicio en competencia en muchas regiones o localidades, que la
ecuacin econmica financiera que hemos citados.
La tipificacin del prestador con "poder
social significativo" puede ser un instrumento de regulacin
adecuado para enfrentar la explosin de desigualdades. Con
consecuencias en los proyectos de obras que se impulsen , en el uso
de recursos del dominio pblico y en las ecuaciones de
financiacin de proyectos por parte de los programas de desarrollo
de las Naciones Unidas.
Si la posibilidad de multiplicar las posibilidades
de acceso a la mayor cantidad de ciudadanos a la informacin, en
cualquier lugar del pas, es una cuestin de Estado, considero
prudente se analice la propuesta que, como ciudadano, instalo.
Nunca una norma puede capturar todo el futuro, pero
puede establecer mecanismos que permitan acercarnos a la realidad
tecnolgica, que termina por imponerse.
La ltima gran reforma del Cdigo Civil, en la
dcada del 60 introdujo una gran penetracin del factor moral en
el derecho, en la causa final de los actos jurdicos y respecto a
los hechos ilcitos que no son delitos.
A fines de la dcada del 40, se dio un gran impulso
a las nuevas regulaciones y al tratamiento de nuevas iniciativas en
materia de radiocomunicaciones , en el seno de la UIT-R ( 1947
Atlantic City . EE.UU.)
Los instantes decisivos en materia tecnolgica a
nivel mundial de regulaciones son mas numerosos y contundentes en
las ltimas dos dcadas.
En materia de regulaciones, las naciones han debido
prestar odos no solo a sta avasallante realidad, sino tambin a
sus realidades econmico-sociales, sin convertirse en aduanas que
clausuren el uso benfico de los nuevos instrumentos, porque solo
eso son: instrumentos; cuyo buen uso son de nuestra responsabilidad.
La tecnologa no es neutral, los abogados y las
normas tampoco.
JUAN DE DIOS ROMERO
LE 4.308.435
AVDA SANTA FE 2131 2DO PISO
CP 1123 BUENOS AIRES
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