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LEY SECRETA Y RESERVADA |
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PODER LEGISLATIVO NACIONAL
PUBLICACION CONFORME LEY 26.134
Ley 17.845
Poder Ejecutivo Nacional Ministerio de Defensa Bs.As., 9/8/1968 EXCMO.
SEOR PRESIDENTE:Tengo el agrado de dirigirme a V.E.para elevar a vuestra consideracin un proyecto de ley tendiente a permitir la reubicacin de S.A.D.O.S.(Sastrera y Almacenes Direccin Obra Social) cuyo desenvolvimiento actual no es funcional.El inmueble ubicado en la interseccin de la Avda.Presidente Julio A.Roca y calle Chacabuco de la Capital Federal, donde tiene asiento la Direccin de Obra Social Naval y S.A.D.O.S.(Sastrera Almacenes Direccin Obra Social) sealado como parcela 25a, manzana 14b, Seccin 2, Circunscripcin 13, con una superficie aproximada de UN MIL DOSCIENTOS VEINTIUN METROS DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS (1.221,16 m2.), est en trmite de ser desafectado del uso naval e incluido en el rgimen de la ley 14.135 y decretos concordantes (que posibilitan la solucin del problema de la vivienda naval), ya que del estudio efectuado, ha surgido la conveniencia de reubicar S.A.D.O.S.conforme a necesidades navales y requerimientos funcionales.Tal conveniencia se basa en las siguientes razones:
1) La Direccin de Obra Social Naval, y las Divisiones Retirados y Conscriptos que actualmente comparten el uso del edificio con S.A.D.O.S., lo desocuparn por cuanto tienen lugar previsto en el nuevo edificio de la Armada en Puerto Nuevo.
2) El inmueble tiene un valor aproximado de SETECIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/N (m$n.750.000.000) a OCHOCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/N (m$n.850.000.000), de acuerdo a condiciones de venta, el que es elevado para la aplicacin que actualmente tiene, y ms an considerando que en el futuro quedara, nicamente, ocupado por S.A.D.O.S.
3) El edificio no es funcional para la actividad de S.A.D.O.S.
por las siguientes causas:
a) Carece de playa de estacionamiento; actualmente se destina para este fin la esquina de las Avdas.Belgrano y Presidente Julio A.Roca, propiedad de SOMISA, la que a corto plazo la ocupar.
b) Los depsitos se encuentran distribuidos en siete plantas distintas de poca superficie, lo que entorpece el normal abastecimiento y dificulta el control de stock.
c) La atencin del afiliado no es buena, por realizarse las actividades de venta en seis plantas distintas.
d) La operacin de S.A.D.O.S.es muy onerosa por las razones indicadas en b) y c), que elevan notablemente los costos de electricidad, calefaccin, mantenimiento y fundamentalmente porque requieren un exceso de personal, que para su volumen de venta actual, se puede estimar en no menos de un VEINTE POR CIENTO (20%) del nmero de agentes.
Por tales razones surge la necesidad de reubicar S.A.D.O.S., la que se instalar en la parcela 24 de la zona C de Puerto Nuevo, sita en Avda.
Antrtida Argentina entre las calles 9 y 10, en la, que satisfar requerimientos funcionales que exigen los modernos planeamientos.Si bien S.A.D.O.S.es autosuficiente en su funcionamiento, no est en condiciones econmicas y financieras de afrontar el gasto extraordinario que significa tal reubicacin.
El proyecto de ley que elevo, contempla la transferencia a S.A.D.O.S.de la suma de TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS M/N (m$n.300.000.000), importe parcial de la venta por el rgimen de la Ley 14.135, de la actual sede de S.A.D.O.S., lo que le permitir hacer frente a las siguientes erogaciones:
a) Instalacin en la parcela 24 de Puerto Nuevo.
b) Prdida patrimonial que significa el abandono de las instalaciones de ventas que actualmente ocupa en Avda.Julio A.Roca y calle Chacabuco.
c) Gastos y disminucin temporal de ventas originados por la mudanza.El saldo del producto de la venta ingresar a la Empresa COVIARA (Construccin de Vivienda para la Armada), que es el organismo naval de cumplimiento de la Ley 14.135, el que incrementar su patrimonio en una suma del orden de los CUATROCIENTOS MILLONES DE PESOS M/N (m$n.400.000.000), significativo aporte para la solucin del problema de la vivienda naval que encara.Cabe agregar que S.A.D.O.S.podr mejorar notablemente el abastecimiento de elementos de primera necesidad a los afiliados de Obra Social Naval, al contar en su nueva ubicacin con instalaciones con las caractersticas de supermercado, beneficio que tambin recaer sobre los afiliados a las Obras Sociales de las FF.AA.y por convenio sobre otras obras sociales y reparticiones estatales, colaborando con los objetivos sociales previstos por las autoridades nacionales.
Finalmente, cabe sealar que el nuevo emplazamiento de S.A.D.O.S.se efectuar en terrenos pertenecientes a la Armada Argentina, de modo que en este aspecto no se irrogarn gastos y, adems, que tales terrenos estn ubicados a pocos metros del nuevo edificio del Comando en Jefe de la Armada, donde se concentrarn, prcticamente, todas las oficinas navales actualmente dispersas en el mbito de la Capital con las consecuentes ventajas para el personal que en ellas presta servicios.
Dios guarde a V.E.Bs.As., 9/8/1968 En uso de las atribuciones conferidas por el Artculo 5 del Estatuto de la Revolucin Argentina, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:
ARTICULO 1 El Poder Ejecutivo proceder a desafectar el inmueble ubicado en la Avenida Presidente Julio A.Roca y calle Chacabuco de la Capital Federal, sealado como parcela 25a, manzana 14b, Seccin 2, Circunscripcin 13, de una superficie de UN MIL DOSCIENTOS VEINTIUN METROS DIECISEIS DECIMETROS CUADRADOS (1.221,16 m2) del uso naval, disponiendo su posterior venta.
ARTICULO 2 El producto de dicha venta ser dedicado:TRESCIENTOS MILLONES DE PESOS MONEDA NACIONAL (m$n.300.000.000) para la reubicacin de S.A.D.O.S.(Sastrera y Almacenes Direccin de Obra Social) organismo que actualmente ocupa parcialmente dicho inmueble y el remanente ser ingresado a la Empresa COVIARA (Construccin de Viviendas para la Armada) bajo el rgimen de la Ley 14.135.
ARTICULO 3 Comunquese, dse a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archvese.
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