SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION 

PODER EJECUTIVO NACIONAL
Decreto 1396/2006 
Designaciones en la planta permanente del mencionado organismo descentralizado en la rbita del Ministerio de Salud.

Bs.As.9/10/2006

VISTO el expediente N 120024300005744/059 del registro del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado en la rbita del MINISTERIO DE SALUD, los Decretos Nros.993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisin Administrativa N 433 de fecha 2 de agosto de 2005, la Resolucin de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA N 481 del 7 de octubre de 1994 sustituida por su similar N 76 del 11 de junio de 1999, y CONSIDERANDO:

Que por Decreto N 993 del 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), se aprob el cuerpo normativo que constituye el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SINAPA), disponiendo que el ingreso de los agentes a los organismos de la Administracin Pblica Nacional regido por el mismo, debe efectuarse sobre la base de un procedimiento objetivo de seleccin.

Que la Resolucin N 481 del 7 de octubre de 1994 de la ex SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA sustituida por su similar N 76/99, aprueba el procedimiento para los procesos de seleccin de personal para la cobertura de vacantes comprendidas en el Captulo II, Ttulo III del Anexo I del Decreto N 993/91.

Que mediante la Decisin Administrativa N 433 de fecha 2 de agosto de 2005, se autoriz, con carcter de excepcin al artculo 7 de la Ley N 25.967 el descongelamiento de diversos cargos vacantes, permitiendo su cobertura, conforme los sistemas de seleccin previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA, aprobado por el citado Decreto N 993/91 (T.O.1995).

Que el Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002 estableci, entre otros aspectos, que toda designacin de personal, en el mbito de la Administracin Pblica, centralizada y descentralizada, en los cargos de planta permanente y no permanente ser efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdiccin correspondiente.

Que por Disposicin N 1025 de fecha 8 de agosto de 2005 del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, se dispuso la convocatoria al proceso de seleccin para la cobertura de los cargos vacantes.

Que mediante la Disposicin emanada del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION N 1609 de fecha 7 de diciembre de 2005, se aprob el orden de mrito definitivo correspondiente a los cargos vacantes citados en el Anexo I de la misma.

Que habiendo culminado el proceso de seleccin, procede dictar el acto administrativo que designe en los cargos vacantes correspondientes a quienes han obtenido el primer lugar en el orden de mrito.

Que el Decreta N 601 del 11 de abril de 2002, en su artculo 6 establece que los proyectos de decreto que propicien designaciones, contrataciones que no impliquen renovacin o prrroga, y reincorporacin de personal en el mbito de la Administracin Pblica Nacional debern ser acompaados por la documentacin detallada en la Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION N 4/02, habindose dado cumplimiento a tales disposiciones.

Que por el artculo 7 de la Ley N 26.078, aprobatoria del Presupuesto de la Administracin Pblica Nacional para el ejercicio 2006, se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de la sancin de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administracin Pblica Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, por lo que corresponde exceptuar al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION de dicha limitacin en relacin a los cargos de que se trata.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE SALUD ha tomado la intervencin de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artculo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artculos 7 y 11 de la Ley N 26.078 y conforme lo dispuesto por el artculo 1 del Decreto N 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1 Desgnanse, en la planta permanente del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION, organismo descentralizado en la rbita del MINISTERIO DE SALUD, a las personas nominadas en la planilla anexa que se incorpora al presente.


ARTICULO 2 Las personas designadas debern asumir el cargo, dentro de los TREINTA Y CINCO (35) das corridos contados a partir de la notificacin del presente.De no verificarse tal circunstancia o de cesar en sus funciones por cualquier causa, se proceder conforme lo previsto por el artculo 20, inciso a) del Anexo I del Decreto N 993/91 (T.O.1995).

ARTICULO 3 Exceptase al SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION de la prohibicin contenida en el artculo 7 de la Ley N 26.078, a efectos de posibilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados a ocupar por las personas nominadas en la planilla anexa.

ARTICULO 4 El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artculo primero ser imputado con cargo a las partidas especficas habilitadas a tal efecto.

ARTICULO 5 Comunquese, publquese, dse a la Direccin Nacional del Registro Oficial y archvese.

KIRCHNER. Alberto A.Fernndez. Gins M.Gonzlez Garca.