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Por
Juan de Dios Romero EN HOMENAJE AL PATRONO MUNDIAL DE LOS RADIOAFICIONADOS.
FRANCISCANO
CANONIZADO Y
PROFESOR DE
HISTORIA EN
CRACOVIA E
IDENTIFICADO COMO
RECLUSO N º 16.670
EN EL CAMPO DE
CONCENTRACIÓN DE
AUSCHWITZ
“SAN
MAXIMILIANO
KOLBE” Caballero
de la Inmaculada
– 1894 –
1941 –
fue en Polonia el
Radioaficionado Licencia
SP3RN.
El comprometido católico
no tuvo miedo, tuvo
piedad y vocación,
esa vocación que
hace que miles y
miles de otras
vocaciones sigan
teniendo en él, el
ejemplo de vida de
otro
radioaficionado,
pocos lo recuerdan;
pero, no es así
en el Radio
Club Argentino, que
también es la única
entidad habilitada
para representar a
la Republica
Argentina ante el
IARU, “Unión
Internacional de
Radioaficionados”,
creada en el
denominado
“Congreso de
Telegrafía sin
Hilos” realizado
en Paris el 18 de
Abril de 1925
siendo entonces el
representante
argentino el
señor
Enrique Repetto,
fundador del
mencionado Radio
Club . Es necesario
decirlo.
Agosto de
1941 :
“-Salió de la
formación y camino
sin ayuda alguna
como un voluntario
hacia frente el
pelotón, para
suplantar por su
decisión a un
condenado a muerte
entre otros diez
todos escogidos al
azar, por
fusilamiento. Se
ofreció en
reemplazo de otro
ciudadano ( el
sargento Francisco
Gajownieczek )
condenado minutos
antes, que rogaba
llorando por su
esposa y sus hijos.
Su ternura y
compromiso lo llevo
a ofrecerse en
cambio del pobre
hombre .Lo que fue
aceptado por el
verdugo ante toda
la formación de
los prisioneros del
campo de
concentración.
La ejecución
fue ordenada en
represalia por la
fuga de un
preso y se
llevó a cabo de
inmediato”.
La actividad
esta regulada en
Argentina, por la
RESOLUCIÓN
N º 90 SC /
98.- Los
radioaficionados,
constituyen una de
las poquísimas
actividades que en
el ámbito mundial,
desde hace muchas décadas,
es practicada por
quienes se
consideran iguales,
cualesquiera sean
su condición
social, económica,
política y de
ideas. Desde
monarcas,
empresarios,
deportistas,
estudiantes, a
humilde hombres de
trabajo, cada
noche, de todos los
días del año,
surcan con sus
voces a todo el
mundo en un
maravilloso
reconocimiento y
exploración que
hace de ellos
personas particularísimas,
muy individuales,
artesanos, a
quienes enamora el
fabricar y armar
sus propios equipos
y lanzarse a un
viaje radioeléctrico
que cada día les dá
una fuerte razón
en sus vidas y que
los marca para
siempre en sus
caracteres y visión
de la vida y el
trabajo.-
Por
estas condiciones
ellos tiene una
fuerte vocación
industrial, aman
las comunicaciones
como pocos y sus
organizaciones se
han multiplicado
por el mundo, aún
contra el desinterés
de los hombres que
en su vida publica
no reparan en
ellos.
Nuestra
regulación, quizás
entre otras cosas
por lo que señalo,
no les exige que
sus equipos sean
homologados y se
les permite la
experimentación y
el régimen
regulatorio ha
incursionado en su
cometido luego de
la enorme y
tumultuosa
experiencia que la
regulación lleva
en su momento a la
Unión
Internacional de
Telecomunicaciones.-
Me
informan que en
Argentina existen
casi 20.000
radioaficionados y
cientos de Radio
Clubes y han tenido
y mucho más pujado
por una participación
decisiva en el
sistema regulatorio
nacional, el que,
no solo a mi
criterio, debería
ser renovado en el
marco de un
Congreso Nacional
“ad hoc” que
aquí propongo y
que puede
extenderse a
aficionados de
otros países y en
el marco de la
promoción
institucional
del mismo
por parte de los
Radio Clubes y el
Area
Radioaficionados de
la Comision
Nacional de
Comunicaciones que,
en mi opinión, son
las entidades
realmente
legitimadas para
aborda esta
iniciativa que me
desborda.-
Son
esenciales en el
marco regulatorio
el tema ético y
procedimental, como
tambien un delicado
régimen
sancionatorio que
considero debe ser
revisado para
otorgar mayor
certeza a una técnica
regulatoria en que
se pueden confundir
las conductas que
se puedan imputar
en una suerte de
“concurso” de
comisiones y
actividades que los
Radio Clubes
observan con énfasis
en tutela de la
naturaleza central
de la actividad.
En el marco
mundial – que no
hemos buscado- de
la actual guerra de
la informacion (
International
Warfare) y de la
disponibilidad de
sofisticados medios
para la comisión
de ilícitos y
graves delitos,
como el secuestro y
transporte fuera
del país de
personas, niños y
bienes de todo
tipo, como lavado
de dinero, crimenes
horrendos y narcotráfico,
con un colapso de
nuestro sistema de
alarma temprana
nunca terminado de
construir, los
radioaficionados
argentinos pueden
constituirse en un
vector importantísimo
de ayuda para la
construcción de
nuestra comunidad y
el mediatizar
intentos
transfronteras que
se articulen para
derogar nuestra
cultura, seguridad
y soberanía.-
El Articulo
2 º, inciso 2.1 de
la normativa, breve
y totalmente decide
respecto al objeto
de la licencia de
la actividad en sus
finalidades, es
decir en sus causas
finales, ellas son
: el aprendizaje
– estableciéndose
categorías en la
normativa –
estudio,
experimentación e
intercomunicación,
todo ello sin fines
de lucro, cuya
comisión esta
regulada en las
sanciones, que en
mi opinión deberían
ser sometidas a una
revisión en cuanto
a las gravedades,
su graduación de
las mismas y sus
extensiones y sus
consecuencias – y
en funcion de las
nuevas tecnologías
disponibles y las
posibles interfaces
que puedan
constituirse en
base a las
facilidades de con
nuevos sistemas
inalámbricos y sus
puntos de accesos
que puedan
codificarse en
funciones “in”
y “out”-
Fundamentalmente
considero de gran
importancia un
adecuado hincapié
en las conductas
que hacen a
desnaturalizar el
uso de las
frecuencias radioeléctricas,
un recurso esencial
cuya erosión lleva
a perjudicar a
terceros, cuando no
a otros radio
aficionados y la
ejecución de
medidas preventivas
de identificación
de trafico que no
se sujeta a las
bandas del
servicio.-
El Artículo
7 º de la norma
debería ser
abordado para
situaciones de
“emergencia”
cuya tipificación
debe ser incluída
por ejemplos y las
recientes
experiencias y
articularse un
sistema más
efectivo en cuanto
al uso de los
recursos de este
tipo de servicios
que puede realmente
articularse con
mayor eficiencia si
la normativa acude
a lo sucedido en
diversas ocasiones
con motivos de
conductas
criminales,
consecuencias de
fenómenos meteorológicos
con una apreciación
adecuada del factor
tiempo en cada
circunstancia.
El que se
puedan proponer
formas temporales
de articulación de
redes de
radioaficionados
para cada caso
especifico de
necesidades
excepcionales con
centros de
coordinación y,
los tipos de
trafico
preferencial para
el caso que puedan
regularse para
ayuda, auxilio y
alerta temprana es
posible sea
encarado sobre la
base de la propia
experiencia y lo
sucedido en otros
países.-
Uno
de los problemas
que se afrontan con
una actualización
de la norma
regulatoria, es el
de incluirse
modificaciones para
la disponibilidad
de recursos que
impliquen una
“industrialización”
del sistema cuya
naturaleza de tal
forma se vea
desvirtuada por la
automación en
desmedro de la
pericia personal.
Con respecto
a la posibilidad de
comiso de las
estaciones de
radioaficionados (
Artículo 10 º de
la norma
regulatoria ) que
se incluye con
referencia al
Decreto N º 33.310
/ 44, ratificado en
el año 1947 por la
ley N º 13.030 (
Sanciones
contempladas en el
Reglamento de
Radiocomunicaciones
)– para los casos
de falta de
desmantelamiento
ordenado con motivo
sancionatorio-
considero que la
multa graduada
en funcion
de Unidades de
Tasación Radioeléctrica
sería mas
conveniente, con la
precaución de
estipularse su
aplicación
mediante la pre
vigencia de
documentación que
devenga en titulo
ejecutivo tomándose
en cuenta la
prescripción de
dos años aplicable
en éstos casos, de
acuerdo a lo
Dictaminado
oportunamente por
la Procuración del
Tesoro.-
En general,
la cultura
pretendida en una
sociedad esta
reflejada con mucho
énfasis en
aquellas normas que
cumplen una función
sancionatoria,
porque lo que se
pretende sancionar
son conductas u
omisiones que
trastocan,
erosionan y ponen
en peligro un
proyecto moral de
convivencia.
Esto
se refleja tambien
en lo que aquí
abordo, que es un
tipo de servicio en
el que no existen
prestadores, como
son definidos éstos
en el Decreto N º
764 / 2000. Lo que
en la actividad
existen son
aficionados a la
actividad de las
radiocomunicaciones
y lo que su uso
implica como ser la
utilización de un
recurso denominado
frecuencias radioeléctrica,
las que están
normadas a nivel
mundial en tres
niveles de decisión
en el seno de la
Union Internacional
de
Telecomunicaciones;
ellas son : la
adjudicación ( que
es la atribución
de frecuencias por
areas geográficas
mundiales ), la
atribución de las
mismas para todos
los países
miembros Unión
para
“tipos de
servicios” y; la
asignación de
frecuencias que
esta referida a los
prestadores de
servicios y, en el
caso tambien a
quienes no lo son:
los
radioaficionados,
actividad ésta última
que se lleva a cabo
en cada país sobre
la base de las
atribuciones y
adjudicaciones que
están en los
Reglamentos que son
ley Nacional.-
Es
necesario el que se
señale, que en
esta actividad de
radiocomunicaciones
y en materia de
reconocimiento
temporal de
licencias otorgadas
en otro país y ser
reconocidas como hábil
en Argentina, esta
habilitada para
entender en ello
una entidad publica
no gubernamental,
como es un Radio
Club, que es el
responsable de que
se llegue a otorgar
un reconocimiento
de Licencia
otorgada en otro país
a un ciudadano
extranjero para que
pueda operar
equipos en el país
ya sea en tránsito
o residencia
temporaria.
Esta
excepcional jerarquía
institucional es
parte del plexo
normativo de la política
exterior de la Nación
Argentina
y lo que se
expide es una
Autorización
respecto a un título
que es la Licencia
( el reconocimiento
de una aptitud )
otorgada en el
exterior.-
Sin embargo,
aunque la política
de reciprocidades
pueda traerse a
colación,
la normativa
señala que estos
aficionados
temporarios o de
paso están
exceptuados del
pago de derechos y
aranceles, de
acuerdo a lo
normado en la
Resolución de la
Secretaría de
Comunicaciones N º
10 del año 1995,
liberalidad con la que me permito disentir.-
La
normativa vigente
permite la
actividad de
radiocomunicaciones
pasiva, como lo es
la escucha, con
ausencia de
emisiones, lo que
se establece por
medio del
denominado
Certificado de
Radioescuchas para
las bandas de
frecuencias
asignadas al
servicio de
radioaficionados,
estando prohibido
para tal
propósito la
disponibilidad de
equipo que permita
la emisión de señales
de cualquier tipo
de modulación y su
condición se
mantiene con la
obtención de la
licencia que
permite emitir en
las categorías
regladas.-
La normativa
complementaria de
aplicación para la
actividad es la
siguiente : a- Ley
N º 24.848 (
Reglamento de
Radiocomunicaciones
Anexo al Convenio
Internacional de
Telecomunicaciones
de la Union
Internacional de
Telecomunicaciones
; b- Ley N º
23.834 ( Convenio
Interamericano
sobre Servicios de
Radioaficionados
– “Convenio de
Lima” ) ; c-Ley
de
Telecomunicaciones
N º 19.798 ;
Decreto N º 21.044
/ 33, por el que se
aprobó el
Reglamento de
Radiocomunicaciones
; Decreto N º
33.310 / 44
(Ratificado en 1947
por la Ley N º
13.030 ) ; d-
Decreto N º 6226 /
64, que sustituye
regulaciones
respecto a la
instalación y
estaciones ; e-
Decreto N º 431 /
82, sustituyendo el
Articulo N º 114
del Reglamento de
Radiocomunicaciones
; f- Decreto N º
332 / 89 sobre
reordenamiento de
normas relativas a
la reforma del
estado; g-Decreto N
º 1185 / 90, sobre
misión y funciones
de la Comision
Nacional de
Comunicaciones ;
h-Resolución N º
46 del año 1984 de
la Secretaria de
Comunicaciones,
relativa a antenas;
Resolución N º
1393 de la
Autoridad de
Control ( CNC )
sobre zonas de
protección
para las
estaciones de
comprobación técnica
de emisiones.- h-
Decreto N º 764 /
2000 Sobre
Gestiones
vinculadas a las
frecuencias radioeléctricas
para todo tipo de
servicios.-
Es
importante el señalar
que en el uso de
sistemas
satelitarios para
este tipo de
servicio, cobra
mayor jerarquía
regulatoria las
recomendaciones de
uso que indican los
responsables del
sistema
“transpondedor”,
como tambien se
considera de
importancia en que
el curso de los tráficos
con emisiones de señales
de operadoras o de
estado de líneas
telefónicas ( como
por ejemplo los
diversos tipos de
tonos reglados en
la señalización )
, éstos se deben
evitar como emisión
y, como caso
especial y único
en materia
sucesoria, se
regula que en caso
de fallecimiento
del titular de una
señal distintiva,
la misma “quedará
reservada” por el
término de dos años
a los “efectos de
que se pueda
otorgar la licencia
a un familiar que
la reclame”; lo
que en mi opinión
debe ser motivo de
modificación e
introducirse las
modificaciones que
las normas ad hoc
en materia
sucesoria tienen
vigencia en nuestro
Código Civil en
cuanto a estos títulos
como bienes
intangibles que
integran el
patrimonio del
licenciatario y es
extendido con la
naturaleza de
“intuito
personae”; como
también considero
un exceso
reglamentario el
otorgar la carga a
los Radio Clubes de
informar a la
autoridad de
Control respecto a
los fallecimientos
de titulares de
licencia.-
En materia
sancionatoria, la
normativa se remite
a dos niveles de la
culpa, el primero
de ellos en el Artículo
N º 145 : “ Todo
entorpecimiento de
las comunicaciones
y de la actividad
específica de los
aficionados,
motivado por
negligencia,
impericia técnica
o administrativa de
los aficionados y
de
los Radio Clubes (
nota : obsérvese
la concurrencia de
personas en el
caso, se debería
indicar “o” en
lugar de “y” ),
serán consideradas
faltas que, no
existiendo
reincidencia, serán
encuadradas dentro
del “llamado de
atención o
apercibimiento”,
según
la
naturaleza de la
falta y su grado de
afectación al
servicio y a las
normas regulatorias
de la Comisión
Nacional de
Comunicaciones”;
considero que esta
tipificación omite
definir una
cantidad de
posibles conductas
donde el posible daño
radioeléctrico a
la actividad
radioeléctrica de
un tercero por la
misión que éste
se encuentre
realizando en
materia de ayuda,
socorro, etc, la
sanción debería
estar regulada
respecto a estos
efectos y en su
actual forma de
redacción no llega
a contemplar casos
que puedan
presentarse con un
daño mayor que la
sola culpa no exime
para responder por
ellos, sobre todo
por el grado de la
sanción prevista
en éste artículo.
En el Artículo
N º 143, se
atribuye una
conducta basada en
el
“entorpecimiento”
de este tipo de
trafico, derivado
de lo que denomina
“ errores
operativos”
de difícil
prueba fuera del
lugar de la emisión,
como también
lo son los
casos
“ocasionales” o
“esporádicos”
de dolosas
modificaciones de
potencias e
irradiación de armónicas,
circunstancias
ausentes en la
actual normativa.-
En el caso
de dolo, la
normativa lo aborda
en el Artículo N
º 144, remitiéndose
a la
intencionalidad del
entorpecimiento del
artículo N º 143,
sin tenerse en
cuenta que los
valores que se
refieren a materias
como la seguridad,
la defensa, las
relaciones
internacionales y
la moral, tambien
corresponde se
tengan en cuenta en
los casos de culpa,
que se ha regulado
inadecuadamente
como concurrente.-
A mérito de
un adecuado
aggiornamiento del
régimen
sancionatorio,
donde también están
ausente las
incidencias de las
nuevas redes
digitales inalámbricas,
lo computacional y
sus consecuencias
en el uso de las
frecuencias radioeléctricas,
considero que se
vuelve
imprescindible una
revisión ordenada
a nivel nacional de
la normativa
vigente que, por la
naturaleza de éstos
tópicos, debe
inclusive ir mas
allá de nuestras
fronteras.- Tengo
la esperanza, que
esta iniciativa
prospere. Algunas
Propuestas de
naturaleza política
y estratégica en
la actividad de las
Telecomunicaciones 1.-
Promover y
organizar el
Congreso Federal de
Radioaficionados
Argentinos y del
Mercosur ( En
Argentina hay
inscriptos 17.000
radioaficionados )
objetivo, promover
la actualización
de la normativa que
esta regulada en la
Resolución de la
Secretaria de
Comunicaciones N º
90 del año 1998.-
Fecha propuesta:
Fines de Marzo
2005, concurrencia
estimada mínima
150 Radio Clubes y
1500
radioaficionados,
Duración del
Congreso: cuatro días
hábiles. Definir
la iniciativa del
lugar.- Decisión
administrativa: Via
Decreto.- Apertura
a realizar con
disertación del
Sr. Presidente de
la Nación.- ( es
posible incluir la
nueva normativa que
se apruebe como
Decreto regulatorio
de la ley de
telecomunicaciones
N º 19.798.- 2.-
En el Reglamento
General del Cliente
que regula el
tramite de quejas y
reclamos de los
usuarios , el
tiempo actual que
tienen las
licenciatarias para
producir una
respuesta al
dictamen de la
Comision Nacional
de Comunicaciones
es de 30 días
administrativos (
un mes y medio ),
llevar el término
a 5 días
administrativos e
incluir en la norma
lo ya regulado en
lo que hace a la
Defensa del
Consumidor.- Vía
administrativa :
Decreto regulatorio
de la ley de
Telecomunicaciones
N º 19.798 3.-
Habilitar lo
locutorios y
centros públicos
de
telecomunicaciones
para
recepcionar quejas
y reclamos de los
usuarios, donde por
vía fax y un
formulario
normalizado a los
efectos, se
canalizaran hacia
la CNC – donde se
pueden recepcionar
durante las 24
horas -,
actualmente solo se
recepcionan en un
local de Perú y Méjico
en horario y dias hábiles;
de esta forma se
logra una mayor
comodidad de los
usuarios todos los
días de la semana
y en horarios más
extensos y, se
propone iniciarlo
con una actividad
piloto en
determinaos barrios
de la Ciudad y en
otras localidades.-
Decisión
administrativa, Vía
Decreto. 4.-
Organizar
los recursos
disponibles para
llevar las
actividades de
Control Radioeléctrico
que antes estaban a
cargo de la ex
licenciataria, en
horario y días hábiles,
a que se realicen
recepciones de
denuncias por
interferencias
perjudiciales
radioeléctricas
durante las 24
horas del día
todos los días del
año, con guardias
que recepcionen las
denuncias via e
mail y aplicar la
firma digital (PK),
para solicitar las
intervenciones
judiciales que sean
necesarias a
distancias cuando
las circunstancias
lo requiera. Debo
indicar que esta
actividad permitirá
colaborar en una
forma indirecta y
eficaz con la
futura actividad de
Radarización que
se ha planeado y se
esta llevando a
cabo, detalles que
podrán expresarse
detalladamente en
cuanto a
actividades que
hacen a la
actividad civil de
alerta temprana en
la posible comisión
de delitos en
colaboración con
la actividad
especifica en cada
tema.- Existe un
proyecto especifico
en el tema
denominado “EL DAÑO
RADIOELECTRICO”.- 5.-
Promover Y
organizar el Primer
Congreso Argentino
de
Radiocomunicaciones
para los “Servicios
Móviles Marítimos”
( tener en cuenta
la próxima
vigencia en
Argentina del
Convenio Londres
1972 “SOLAS”
y el tema de
los satélites de
orbita polar para
estos servicios ) y
“Móviles
Aeronáuticos”
– Servicio Móvil
Aéreo.- Duración
del Evento se
estiman en tres días
con participación
de otros países,
en un temario que
incluya además de
lo normado en el
tema, temas de
seguridad, defensa
y socorro y análisis
de iniciativas al
respecto destinadas
a ser examinadas
para su posible
inclusión en la
normativa vigente.-
Estos son dos temas
muy calificados a
nivel mundial.-
Propuesta para el
mes de Mayo,
definir el lugar
del evento.
Apertura por el Sr.
Presidente de la
Nacion 6.-
Promover en el seno
del Comité
Interamericano de
Telecomunicaciones
( CITEL), de la
Organización de
Estados Americanos
o, en otro marco
institucional
internacional, la
iniciativa de
promover, instalar
y poner en servicio
una Estacion de
Radiodifusión
Sonora en Amplitud
Modulada y en Onda
Corta ( en cadena)
de alcance
continental, con
participación de
los países que
aprueben la
integración de la
iniciativa y con
estudios
diversificados en
el territorio de
los países
participantes y
sistemas de
radiantes ubicados
en los sitios que
aseguren una
cobertura adecuada
y su escucha en
otros países del
mundo, concibiéndose
los contenidos en
el marco de lo que
se ha dado en
denominar la Guerra
de la Informacion (
International
Warfare – la
Guerra Desarmada -
) 7.-
Por el tipo de
organización que
se les autorizó y
la forma de
facturación y las
relaciones que los
titulares de
locutorios y
centros de
telecomunicaciones
abiertos al publico
disponen respecto a
las licenciatarias,
nada impide que a
los titulares de
esos centros se les
de la posibilidad
de obtener la
licencia de
telecomunicaciones
con el Registro de
Reventa, que se
indica en la
normativa del
Decreto N º 764 /
2000, lo que
significa
otorgarles a los
titulares de esos
centros abiertos al
publico una enorme
independencia en
sus actividades
pudiendo así
elegir el cambio
de
licenciataria que
les provee la
interconexión, por
lo que conozco esto
sería de un gran
impacto en estos
emprendedores y, al
ser licenciatarios
con el Registro de
Reventa – que es
la actividad que
realizan – pueden
con posterioridad e
inmediatamente
adquirir el derecho
de ser prestadores
de otros tipos de
servicios de
telecomunicaciones
como propios
emprendimientos y
obtienen un
posicionamiento de
negociación más
equilibrado y justo
con los
licenciatarios mas
fuertes en su
actual actividad.-
Esta iniciativa
puede incidir en el
mapa politico de
varias zonas o
areas o barrios de
localidades de todo
el país.- 8.-
Con respecto a la
denominada
“Sociedad de la
Informacion y el
Conocimiento”,
nunca ha existido
en Argentina la
apertura de un
espacio
institucional que
desde el ámbito de
la Secretaria de
Cultura convoque a
personas vinculadas
a la actividad de
las artes y la
sociología, la
psicología, la
antropología, la
semiótica, la
literatura y otras
actividades, a fin
de que en ese marco
se elabore un
documento referido
al tema, ya que
sobre éste
solamente se han
pronunciado
organismos técnicos
y productores ,
importadores y
vendedores de
equipamiento; esta
realidad lleva a
una visión
fragmentada del fenómeno
actual del que se
sienten ajenos y
espectadores
expulsados una
enorme cantidad de
personas que, desde
su experiencia
pueden teñir
humanamente y con
mayor equidad la
descripción de éste
fenómeno producto
de la tecnología y
el comercio y que
debe ser abordado
en un documento que
por ser totalizador
sea más legítimamente
vinculado al plexo
socia de TODO el país
y no solo a los que
pueden acceder a
una PC y un abono
del servicio. 9.-
Con respecto al
acceso al
aprendizaje de lo
que es una PC y la
red, creo que se
debe abordar un
proyecto de verano
en el cual, como
actividad piloto,
en barrios que se
determinen de la
Ciudad de Buenos
Aires, se disponga
de las facilidades
de inmuebles de
institutos
educativos
oficiales para
instalar por dos
meses equipos y
terminales que
puedan ser
utilizados para
enseñar a personas
de la tercera edad
sobre estas
tecnologías, en
horarios diversos,
en forma gratuita y
con un esquema
organizativo y de
participación en
que el gobierno
nacional
se
“presente”
abordando el
verano, no como un
divertimento
dirigido a quienes
pueden solventarlo,
sino como un paréntesis
que se utiliza para
recordar a los
expulsados de las
nuevas
tecnología.- EN EL CAMINO DE
LA CONSTRUCCIÓN
DEL PODER NACIONAL Sintético
lineamiento
respecto a la
instalación
de las
políticas
nacionales para el
mediano
y
un plazo mayor a
cinco años 1.-
Estos lineamientos
en todos los casos
son de naturaleza
dinámica,
multidisciplinaria
y deben responder a
los intereses
argentinos en los
segmentos
vinculados
intimamente a : la
preservación de la
unidad y
consolidación del
territorio
nacional; b: la
promoción de la
actividad comercial
local en un mercado
mundial sobre la
base de los
resultados de la
propia actividad
local en los campos
de la investigación
y desarrollo (
laboratorios –
universidades –
empresas
productoras );c:
una adecuada
localización
territorial de los
tres elementos con
centro neurálgico
de los asentamiento
de investigación y
desarrollo; d:
dejar de lado la
actividad propuesta
en los centros
urbanos mas densos
y prolongar las
iniciativas hacia
puntos de la
geografía en la
generación de
inercias que den
nacimiento y
consoliden a otras
regiones del país;
e: esas regiones
deben ser
identificadas en
una actividad
multidisciplinaria
sobre la base de
informacion sociológica
y tecnológica que
pueda confirmar una
línea de accion
sobre los mercados
internos
potenciales y areas
similares del
exterior del país.- 2.-
La actividad
multidisciplinaria
debe tener conexión
bidireccional con
necesidades básicas
no satisfechas de
la nación, la
constitución de
capitales
nacionales cuyos títulos
representativos
solo sean
transferibles de
modo tal que se
realimente un
sistema local
viable a nivel
mundial y produzca
un aumento de la
ocupación
verificable en las
localidades que se
identifiquen, de
forma tal que la
política
comunicacional
vigente y promovida
por los actuales
actores necesiten
recurrir a una
atención de éste
escenario.- 3.-
Las políticas de
obtención, seguros
y obtención de
licencias de
telecomunicaciones
se debe dirigir en
el sentido de
confirmar el plexo
descripto, a una
velocidad de cambio
que confirme la
naturaleza de las
decisiones políticas
estratégicas del
mediano y largo
plazo. Lo mismo
debe realizarse
respecto a los
llamados derechos
radioeléctricos y
revisar las políticas
de asignaciones por
areas del país en
este mismo marco.- 4.-
En los primeros años
la duplicidad de
disponibilidad de
recursos se debe
mediatizar de forma
tal que no se
causen lesiones a
intereses de
terceros o bien
mensurar éstos
como pasos a políticas
compensatorias en
cada una de las
actividades.- 5.-
La instalación
paulatina de un
equilibrio geo -
demográfico
tecnologico es
vital, mensurándose
los intereses
regionales como
complementarios o
sujetos a una
realimentación que
cambie el control
social con
beneficios locales
verificables.- 6.-
La escala de la
densidad
poblacional en
relacion con el
territorio y la
naturaleza de las
fronteras, vuelve
ineludible que
Argentina obtenga
un rotundo triunfo
en el campo
comunicacional, en
lo que hace a la
propia producción
de bienes tangibles
e intangibles y en
creación de
contenidos – en
varias lenguas e
idiomas –
construyendo un
mecanismo
compensatorio que
otorgue a la Nacion
el ser parte segura
y certera del nuevo
escenario que se
presentará cada
vez mas velozmente
desde distintas
direcciones y
geografías.- 7.-
El talento y el
trabajo de los
argentinos en la
organización y
gestion con el
esfuerzo continuo
por mas de una década
pueden otorgarnos
ese resultado y,
obtener por medio
de la calidad lo
que la cantidad
enfrenta en un
espacio aún no
sujeto a propias
determinaciones
locales.- 8.-
Un nexo permanente
con el sistema de
producción para la
defensa se vuelve
necesario desde un
inicio. Las políticas
culturales, ecuménicas,
extensas y densas
donde sean
necesarias son
necesidades y no
condiciones que
debemos imponer
como aceptación
unilateralmente.-
No solo debemos
identificar
nuestros intereses
estratégicos,
debemos desbrozar
el camino que nos
lleve a mensurar
sus extensiones y
oportunidades en
base a la actividad
de la inteligencia
estratégica de
naturaleza
multidisciplinaria.- juandediosromero@hotmail.com
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