|
 |
Tributos aduaneros y
estímulos a la exportación. |
|
|
El objetivo de este trabajo es realizar una breve descripción acerca de los
derechos aduaneros que cobre la AFIP y definidos en el Código Aduanero (L.
22415).
Las disposiciones de dicho plexo legal rigen en todo el ámbito terrestre,
acuático y aéreo sometido a la soberanía de la Nación Argentina, así como
también en los enclaves constituidos a su favor. Cabe aclarar que "enclave"
es el ámbito sometido a la soberanía de otro Estado, en el cual, en virtud
de un convenio internacional, se permite la aplicación de la legislación
aduanera nacional.
Por Ma. de los Angeles GADEA
09/06/2008 |
|
|
|
|
 |
Tenencia
y disposición de Títulos. Su tratamiento frente a los impuestos nacionales
(2ª Parte: IVA, bienes personales y ganancia mínima presunta)
|
|
|
En
esta segunda entrega, y completando la primera parte publicada en el mes de
octubre,
el autor continúa el análisis fiscal respecto de la tenencia y
disposición de títulos frente a los impuestos nacionales; en este caso, bajo
la óptica de los impuestos al valor agregado, sobre los bienes personales y
a la ganancia mínima presunta.
Por Santiago L. Montezanti
11/01
|
|
|
|
|
 |
El sistema tributario nacional. Un
reiterado anhelo
|
|
|
Las reformas al sistema tributario nacional se han producido con el devenir
de modo impreciso y parcial teniendo como fin último el aumento de la
recaudación. Tal situación ha traído como consecuencia un torrente de
normativa que obstaculiza y enmaraña al contribuyente (fuerza activa en el
país), creando un estancamiento de su fuerza y potencia productiva. El
autor propone en la colaboración una alternativa de solución a través de
dos vías: la reducción del gasto público y el incremento de las
exportaciones a efectos de que el contribuyente abone sólo aquello que
represente equidad tributaria.
Por Carlos C. Martinez Molteni
10/01
|
|
|
|
|
 |
"Comercio
internacional: características, aspectos legales, aduaneros e
impositivos"
|
|
|
Consciente del importante grado de desarrollo, alcanzado y por venir, del comercio
electrónico en el mundo globalizado, la autora desarrolla puntualmente
algunos aspectos relacionados con temas aduaneros, legales e impositivos en
el marco de la caracterización de esta moderna forma de transacción, la
cual se encuentra aún insuficientemente regulada en la normativa vigente.
La participación del profesional de Ciencias Económicas en este
incipiente proceso es señalada como muy importante por la doctora Díaz,
quien entre otras conclusiones remarca la necesidad de formación de
organismos internacionales que fijen criterios comunes, la creación de un
marco jurídico e impositivo que permita la inserción de nuestro país en
la comunidad internacional y la inclusión de un capítulo especialmente
referido al e-commerce en los convenios para evitar la doble
imposición internacional existentes en la actualidad.
Por Sanda L. Díaz
09/01
|
|
|
|
|
 |
"Rescate
de acciones de sociedades constituidas en el exterior. Consecuencias
tributarias para residentes locales"
|
|
|
El
doctor Ruival aborda el tema de rescate de acciones como reducción del
capital por restitución de los aportes a los accionistas, y en ese marco
se ocupa, entre otros temas, de las diferentes figuras, aspectos legales y
disposiciones regulatorias en el impuesto a las ganancias, señalando como
particularidad el hecho de que en nuestra legislación tributaria se
encuentre contemplado el rescate de acciones de sociedades constituidas en
el exterior, pero no los casos en que la sociedad que rescata está
constituida en el país.
Por Ruben Ruival
09/01
|
|
|
|
|
 |
La
exégesis estructural de las prestaciones de servicio en la configuración
de la hipótesis de incidencia en el impuesto al valor agregado
|
|
|
Con la
intención de restituir una visión clara a quienes son sujetos,
intermediarios o intérpretes del alcance del impuesto al valor agregado,
el doctor Díaz revisa detenidamente los conceptos fundamentales a tener en
cuenta para analizar el tratamiento de las prestaciones de servicios frente
al mencionado gravamen, en un claro desarrollo que, apoyándose en la
doctrina y en la jurisprudencia, cuestiona decididamente el apetito
recaudatorio a partir del cual se han creado hechos imponibles que no
responden a ninguna contraprestación de consumo, menoscabando de esa forma
la propia esencia del tributo.
Por Vicente
O. Díaz
08/01
|
|
|
|
|
 |
Sobre
la conversión de quebrantos impositivos en créditos fiscales. Finaliza una
historia de 9 años: cae el telón
|
|
|
Por
intermedio de la ley 24073, se puso en marcha un mecanismo legal para
transformar en créditos fiscales los quebrantos impositivos, impidiendo su
cómputo en el impuesto a las ganancias. En la colaboración, el autor
analiza dos recientes pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia de
la Nación, "Banco de Mendoza" y "Sancor", causas en
las que la Dirección General Impositiva procedió a rechazar el pedido de
reconocimiento de créditos fiscales con la aparición de la ley 24463, la
cual vino a resultar lesiva al derecho de propiedad del contribuyente que,
al momento de vigencia de la ley anterior, estaba en condiciones de
obtenerlos.
Por Humberto J.
Bertazza
08/01
|
|
|
|
|
 |
Valuación
de bienes de cambio en el impuesto a las ganancias
|
|
|
Ante las numerosas dificultades de interpretación
ofrecidas por las disposiciones legales y reglamentarias relativas a la
determinación de los resultados derivados de la negociación de bienes de
cambio, el autor efectúa una revisión actualizada y crítica del tema.
Para ello, plantea su análisis en cuatro capítulos en los cuales analiza,
por un lado, el concepto de ganancia en el texto legal, las ganancias de la
tercera categoría y los inventarios de bienes de cambio, formulando
finalmente una serie de propuestas tendientes a paliar los problemas
planteados y agregando a este último capítulo las conclusiones a las que
arribara la Comisión Nº 1 del Tercer Simposio sobre Legislación
Tributaria Argentina, organizado por el Consejo Profesional de Ciencias
Económicas entre el 27 y el 29 de marzo.
Por Antonio G. Cotta
Ramusino
07/01
|
|
|
|
|
 |
Devolución
de IVA a turistas extranjeros
|
|
|
El presente trabajo da cuenta de las particularidades del
régimen de reintegro del impuesto al valor agregado a turistas
extranjeros: condiciones, retribución a la empresa adjudicataria,
comerciantes adheridos y la devolución propiamente dicha del impuesto a
los turistas, abordando por último las limitaciones y extensiones del
alcance dispuestas recientemente por la ley 25406.
Por Alfredo R.
Sternberg
07/01
|
|
|
|
|
 |
La
denominada ‘teoría del fruto del árbol venenoso’. Un interesante
fallo nos obliga a reflexionar
|
|
|
En el marco de una clara defensa de los derechos del
individuo y las garantías constitucionales, los autores comentan un fallo
del Tribunal Fiscal de la Nación ("Avícola Humboldt SA"),
refiriéndose a las diferentes posturas existentes sobre la aplicación del
principio que excluye el uso material de los elementos probatorios,
obtenidos ilegítimamente al haber declarado la Justicia la nulidad de un
allanamiento.
Por Gastón Yaryura
Tobías y Maria de los Angeles Gadea
07/01
|
|
|
|
|
 |
Las
últimas modificaciones tributarias en IVA y ganancias
|
|
|
Los autores analizan en
profundidad el alcance de las novedades introducidas al impuesto a las
ganancias y al impuesto al valor agregado por el decreto 493/01 y su
modificatorio, el decreto 496/01, consistentes básicamente en la
modificación, en el caso del primer gravamen, del tratamiento fiscal del
resultado de la enajenación de acciones realizadas por personas físicas,
y, para el segundo caso, en la eliminación de algunas exenciones, la
elevación de ciertas tasas diferenciales, la creación de un régimen de
estímulo para la inversión de bienes de capital.
Por Humberto J.
Bertazza y Juan C. Nicolini
06/01
|
|
|
|
|
 |
La
importación de bienes y servicios en el impuesto al valor agregado
|
|
|
El
autor revisa en esta completa colaboración todas las particularidades del
tratamiento en el impuesto al valor agregado de las importaciones de cosas
muebles y de servicios, caracterizando cada uno de ellos de acuerdo a sus
aspectos más importantes y brindando un acápite con legislación
comparada puntualmente en lo relativo al segundo de estos conceptos.
Por Alfredo R.
Sternberg
05/01
|
|
|
|
|
 |
Balances
con fines contables e impositivos. Semejanzas y diferencias (segunda
parte)
|
|
|
Retomando
el análisis que presentara oportunamente en esta misma publicación acerca
de la comparación entre los balances impositivos y los de finalidad
comercial y de diversos pronunciamientos sobre el tema, el autor se refiere
específicamente en esta ocasión al rechazo de un recurso de apelación
por parte de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso
Administrativo Federal Nº 1 en la causa “Industrias Plásticas D’Accord
SRL”. El abordaje de los aspectos conflictivos del fallo apelado y de los
motivos argüidos para el rechazo de la apelación, son los puntos
disparadores de las reflexiones del doctor Castiñeira Basalo respecto del
tema planteado.
Por Manuel A.
Castiñeira Basalo
05/01
|
|
|
|
|
 |
Análisis sobre la posibilidad
de aplicar el impuesto al Valor Agregado únicamente en la etapa final
|
|
|
La
realidad económica a la cual se asiste en la actualidad determina que
las transacciones económicas operen con pagos que van de los 30 a los
180 días, o más, produciéndose una alteración en la cadena de
pagos que conlleva serias dificultades para los contribuyentes a la
hora de afrontar el pago mensual del impuesto al valor agregado.
En este trabajo, el doctor Talarico argumenta en favor de la aplicación
del impuesto exclusivamente en las ventas que realicen los
responsables inscriptos a todos quienes no detenten esa condición, de
forma que se originen "débitos fiscales" solamente en esas
operaciones, no computándose crédito fiscal alguno por parte de los
responsables inscriptos.
Por
Luis R. Talarico
04/01
|
|
|
|
|
 |
El
rol del profesional en ciencias económicas ante la nueva Ley de
lavado de dinero |
|
|
En
el marco de la problemática del lavado de dinero, el doctor Bertazza
explica detalladamente la metodología y las características de este
delito transnacional, y comenta la regulación legal de nuestro país
al respecto, tanto antes como después de la ley 25246 que, entre
otras medidas, dispuso la creación de un organismo de investigación
denominado "Unidad de Información Financiera". Dado que
esta acuciante forma de criminalidad requiere no sólo la colaboración
de todos los países a nivel gubernamental sino que representa también
un desafío para los profesionales, el autor reflexiona acerca de la
necesidad de que éstos respeten ciertas pautas de actuación
destinadas a la correcta identificación de cada cliente,
profundizando el análisis y manteniendo un cabal conocimiento de la
actividad desarrollada, el volumen de la misma, el carácter y tipo de
su negocio, etc., para lo cual el profesional debe contar con
procedimientos específicos y eficientes que le permitan advertir los
indicios de un accionar sospechoso.
Por
Humberto J. Bertazza
04/01 |
|
|
|
|
 |
La
excepción por nulidad en el proceso ante el tribunal fiscal de la
Nación |
|
|
|
En
este estudio acerca del alcance y de la procedencia de la excepción
de nulidad, planteada en el proceso ante el Tribunal Fiscal de la Nación,
la doctora Gadea examina causas, presupuestos y fundamentos de este
tipo de declaración, presentando asimismo un "corpus" de
los casos más comunes de planteos de nulidad ante el mencionado
Tribunal.
Por María de los Angeles
Gadea
03/01
|
|
|
|
|
 |
Asesoramiento
del exterior vinculados a operaciones financieras
|
|
|
En
un reciente dictamen originado en una consulta vinculante, el Fisco ha
considerado que los gastos incurridos en el exterior se encuentran
alcanzados por el impuesto a las ganancias. El caso tratado es el de
una empresa que consultó al Organismo en relación con gastos
incurridos en el exterior por un grupo de bancos que analizaba el
otorgamiento de un crédito a dicha empresa. Con relación a este
caso, y al tiempo que se remite a antecedentes contrarios a esta
tesis, el doctor Yemma señala aquí el desacierto de esa opinión del
Fisco que, equivocadamente para él, ha basado sus conclusiones en la
definición de asesoramiento técnico brindado desde el exterior.
Por
Juan C. Yemma
03/01
|
|
|
|
|
 |
Las
denuncias penales por temas tributarios
|
|
|
Dentro
de la ley 25401 queda establecido que el Organismo Recaudador estará
dispensado de formular denuncia penal contra aquellos contribuyentes
que regularicen, a través de regímenes de presentación espontánea
dispuestos por el Poder Ejecutivo Nacional, sus obligaciones
tributarias.
Analizando el tema, los autores señalan que esta dispensa es una
solución sólo parcial y propician la introducción de una
"excusa absolutoria" como parte de una modificación en la
legislación vigente, orientada a que pueda alcanzarse plenamente el
objetivo del Poder Ejecutivo Nacional al disponer esta clase de regímenes.
Por
Humberto J. Bertazza y Morberto J. Morconi
03/01
|
|
|
|
|
 |
"Implicancias
impositivas del comercio por Internet. Virtual paraíso fiscal" |
|
|
|
La
determinación de dónde se genera el hecho imponible de tributación
es un núcleo central para la resolución de los problemas que el
comercio electrónico plantea sobre los impuestos directos. La doctora
Roca se aboca a este tema desde el tema de la jurisdicción
territorial, examinando en qué medida es posible la aplicación del
concepto "establecimiento permanente", y advirtiendo sobre
el importante perjuicio que representaría para los sistemas
tributarios nacionales el hecho de que este novedoso y creciente tipo
de transacción comercial quede fuera de tributación.
Por Bárbara P. Roca
02/01 |
|
|
|
|
 |
"Nueva
ley de prevención de la evasión fiscal" |
|
|
La evasión fiscal, señala
el doctor Betazza, representa un fenómeno que involucra aristas
sociológicas, económicas, jurídicas, etc., motivo por el cual un
cuerpo normativo no basta de por sí para combatirlo, sino que es
necesaria una planificación de orden más amplio. Partiendo desde
esta perspectiva, el autor repasa y comenta las principales
disposiciones establecidas por la ley 25345, más conocida como ley
antievasión, exponiendo sus características más salientes a través
de sintéticos cuadros resúmenes.
Por
Humberto J. Bertazza
02/01 |
|
|
|
|
 |
"Nuevo
régimen de promoción de la inversión y el crecimiento económico" |
|
|
|
Elaborada
con la finalidad de "promover la inversión y el crecimiento económico"
por medio de la reducción de la carga impositiva, la ley 25360 deja,
para los autores, sólo un par de disposiciones claras en ese sentido:
la rebaja del impuesto sobre los intereses pagados y el costo del
endeudamiento empresario, y el reconocimiento de mecanismos de
devolución de los saldos a favor técnicos en el impuesto al valor
agregado, resultantes de las inversiones de capital. Esta es básicamente
la conclusión de la presente colaboración en donde se efectúa un
detallado análisis, por impuesto, de las modificaciones introducidas
por la mencionada ley a cada uno de ellos, volcando los rasgos más
destacados de este régimen en una serie de cuadros sinópticos.
Por
Humberto J. Bertazza y Juan C. Nicolini
02/01 |
|
|
|
|
 |
Sobre
la vigencia de la normativa de renta mundial en el impuesto a las
ganancias |
|
|
|
Según el reciente dictamen
23/00, la Dirección General Impositiva ha interpretado que las
disposiciones de la ley 24073 y modificatoria, en cuanto al criterio
de renta mundial tienen vigencia a partir de la misma fecha de
publicación de dicha norma (13/4/1992), siendo aplicables a los
ejercicios que cierren con posterioridad al 1/4/1992 y para el período
1992 para las personas físicas y sucesiones indivisas. En esta
colaboración, el doctor Bertazza argumenta en favor de una
interpretación distinta, debido a que puede decirse que sólo con el
dictado de la ley 25063 se completó la normativa al respecto,
posibilitando que la aplicación del principio de renta mundial tenga
recién entonces debida legitimidad.
Por
Humberto J. Bertazza
01/01 |
|
|
|
|
 |
El
hábeas data en la espera tributaria |
|
|
Con el dictado de la ley 25326
se ha alcanzado una necesaria reglamentación acerca de la protección
de “datos sensibles” de los contribuyentes y responsables, datos
cuya divulgación indebida puede ocasionar serios perjuicios. El autor
analiza específicamente la aplicación de esta norma al ámbito del
derecho tributario y pondera esta herramienta como garante de los
derechos constitucionales en cuanto a la confidencialidad de la
información suministrada al Fisco.
Por Eduardo
A. Christensen |
|
|
|
|
 |
Precios
de transferencia: Nuevo reglamento, pero la confudión continúa |
|
|
|
Las disposiciones del decreto
1037/00, a través del cual se modifica el decreto reglamentario de la
ley de impuesto a las ganancias en temas relativos a precios de
transferencia, son puestas bajo una luz crítica por los doctores
Yemma y Diskenstein, quienes ven en esta nueva normativa una
construcción híbrida que no permite una integración de nuestras
normas con las de la Organización de Cooperación y Desarrollo Económico,
ni con las legislaciones fiscales de los principales países del
mundo. En este sentido, los autores recomiendan la urgente atención
de estas dificultades, con el fin de evitar tanto la inseguridad jurídica
de los contribuyentes como los inconvenientes en la fiscalización del
régimen.
Por
Juan C. A. Yemma y Manuel G. Diskentein
01/01 |
|
|
|
|
 |
Leasing.
Nueva situación tributaria |
|
|
El autor puntualiza en esta
colaboración los principales cambios que la nueva ley de leasing
dispone para este tipo de operaciones: concepto de operación de
leasing, dador, canon, opción de compra, bienes, modalidades,
inscripción, uso y goce del bien, momento de la opción a compra, prórroga
del contrato, temas fiscales incorporados, etc.
Asimismo, se analiza detalladamente el marco tributario y el
tratamiento a dispensar a los contratos de leasing frente al impuesto
al valor agregado y al impuesto a las ganancias, de acuerdo con lo
reglamentado por el decreto 1038/00, brindándose en sendos cuadros
resúmenes una práctica sinopsis y una comparación “leasing vs.
compra con préstamo bancario”, según las diferentes implicancias
fiscales de uno y otro para el locatario-empresa.
Por
Julián Martín
01/01 |
|
|
|
|
 |
Régimen
sancionatorio para los sujetos del régimen simplificado (monotributo) |
|
|
|
|
El
relevamiento crítico de cada uno de los aspectos del régimen
sancionatario para los contribuyentes monotributistas es el objeto del
presente trabajo, en el transcurso del cual los autores detallan las
particularidades del mencionado régimen mediante la exposición narrativa
y la modalidad de esquemas gráficos, al tiempo que promueven, a través
de su opinión y conclusiones, serios cuestionamientos desde la misma
normativa, la doctrina tributaria e incluso desde el análisis
constitucional.
Por
Alejandra Schneir
Oscar A. Fernández
12/00 |
|
|
|
|
 |
La
acción declarativa: ¿Tiene monto económico? |
|
|
Enfrentándose
al criterio que sostiene la carencia de contenido económico de la
acción declarativa, el doctor Christensen expone en esta colaboración
un análisis tendiente a demostrar que aquella acción posee un monto
o valor económico (mediato o inmediato), siendo la base tanto para
cuantificar lo que debe pagarse en concepto de tasa de justicia, así
como también para la regulación de honorarios profesionales, junto
con los demás parámetros que, a dicho efecto, da la ley arancelaria
correspondiente en su caso. Cabe señalar, así como lo hace el autor,
que esta postura admite la posibilidad de que la acción declarativa
de certeza pueda, en algún supuesto, no tener monto económico, pero
no considera a esta alternativa como la regla general sino más bien
como su excepción.
Por
Eduardo A. Christensen
12/00 |
|
|
|
|
 |
El
Servicio prestado por el técnico optico frente al impuesto al valor agregado |
|
|
|
|
Los
servicios prestados por los ópticos como auxiliares de la medicina y
la posterior confección de los lentes, armazones y demás productos
entregados a los pacientes, son considerados por el doctor Baisburd
como exentos frente al impuesto al valor agregado. En el transcurso de
la presente colaboración, el autor brinda un breve panorama del
funcionamiento de los laboratorios y su vinculación con los técnicos
ópticos, al tiempo que analiza y comenta un conjunto de opiniones
doctrinarias al respecto, así como algunos casos de jurisprudencia
administrativa y judicial.
Por
German D. Baisburd
12/00 |
|
|
|
|
 |
Planes
de adquisición de acciones para el personal dependiente. Su
tratamiento tributario |
|
|
|
|
Los
planes de adquisición de acciones para el personal dependiente
constituyen una moderna alternativa de retribución cada vez más
adoptada por diferentes entidades empleadoras, sin que exista hasta el
momento una regulación de fondo en el fuero laboral ni una completa
normativa a nivel tributario. El doctor Karschenboim se interna en
esta problemática con el objeto de arrojar luz sobre el tratamiento
que en el ámbito impositivo y de los recursos de la seguridad social
corresponde otorgar a los sujetos involucrados, analizando la
normativa vigente y considerando las distintas etapas que configuran
los planes en cuestión.
Por
Ruben Karschenboim
12/00 |
|
|
|
|
 |
Propuesta
técnica para enfrentar la evasión
|
|
|
La
evasión tributaria, tema de interés no sólo local sino también de
los más prestigiosos foros de discusión fiscal de todo el mundo, no
es un hecho atribuible a una causa única sino que su origen radica en
la interacción de una serie de circunstancias. Resaltando la
necesidad de un trabajo psicosocial destinado a concientizar a las
generaciones venideras, los autores se refieren aquí a las causas técnicas
de la evasión en nuestro país y plantean algunos posibles remedios,
entre los cuales proponen ajustar el sistema impositivo para que sea
coherente con los principios de tributación, dotar a las normas
tributarias de una estabilidad y vigencia que se prolongue en el
tiempo, elaborar herramientas de lucha válidas contra la factura apócrifa
y dar estabilidad al uso de los sistemas operativos con los que se
determinan y liquidan las obligaciones impositivas y previsionales.
Por
Humberto
P. Diez
Alberto P. Coto
12/00 |
|
|
|
|
 |
Honorario
de directores. Importantes deducibles para la sociedad y los
beneficiarios |
|
|
|
En
relación al cálculo de la deducción de los honorarios de directorio a
partir de la ley 25063, el autor efectúa un breve repaso por la parte
pertinente de esta norma y del decreto reglamentario del impuesto a las
ganancias, para luego proceder a exponer, a través del desarrollo de
sencillos casos prácticos, la fórmula para determinar el importe de
honorarios deducibles cuando los mismos se establecen por sobre el límite
del 25% de las utilidades del ejercicio.
Por
Hernán C. Perez
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
Responsables
por deuda propia y ajena. Responsabilidad solidaria |
|
|
A través de esta colaboración de carácter eminentemente práctico,
los autores dan cuenta de las distintas responsabilidades tipificadas
en la ley de procedimiento fiscal: responsabilidad por deuda propia,
responsabilidad por deuda ajena y responsabilidad solidaria. El
trabajo cuenta con un esquema gráfico del desarrollo planteado, así
como una serie de casos prácticos que ilustran el tema.
Por Alejandra
Scheir - Oscar A. Fernández
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
El
instituto de la compensación en el derecho tributario
|
|
|
Las autoras pretenden exponer las características más salientes del
instituto de la compensación como medio de extinción de la obligación
tributaria. Previo a ello, y con el fin de realizar un análisis
integral del tema, se remiten a los principios generales establecidos
por el Código Civil, para luego trasladarlo al ámbito del derecho
tributario.
Por Laura Guzman
- María Sanchez Succar
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
Aspectos
impositivos del Franchising |
|
|
No obstante tratarse de un sistema que ya se ha extendido en nuestro
medio, la franquicia o el franchising es una alternativa de negocios
que se ha adelantado tanto al derecho positivo como al régimen
tributario de nuestro país, obligando en más de una oportunidad a
comportamientos basados en el sentido común o en la asimilación de
otras figuras. En el presente trabajo, el doctor Dubois resume, a modo
de introducción en la materia, las principales características de
esta modalidad comercial (participantes, objeto, hecho económico,
etc.), analizando luego su tratamiento en el impuesto a las ganancias
y en el impuesto al valor agregado.
Por Fernando Dubois
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
El
pago mediante la entrega de títulos públicos. Tratamientos y
consecuencias fiscales |
|
|
|
La posibilidad de cancelar obligaciones mediante títulos públicos ha
sido un recurso utilizado por el Estado Nacional en la década pasada
para los casos de pagos de acciones de sociedades constituidas por
dicho Estado, con motivo de la privatización de la distribución del
gas, y para el pago de impuestos adeudados mediante regímenes
excepcionales de cancelación (moratorias). El autor discute el
criterio aplicado por la Dirección General Impositiva, según el cual
consideró que las diferencias entre los valores de costo de los títulos
públicos utilizados y los valores asignados por el Estado constituían
resultados comprendidos en el ámbito del impuesto a las ganancias,
solución ésta que no es, según el doctor Peña, la que resulta de
una adecuada interpretación de las normas aplicables.
Por Juan C. Peña
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
Inconstitucionalidad
de la reforma legal que pretendió gravar con el iva la medicina
prepaga a la alicuota del 21% |
|
|
|
El doctor Bertazza comenta aquí los aspectos más destacables de un
reciente fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en
donde se dispuso la inconstitucionalidad de la aplicación de la alícuota
del 21% a la medicina prepaga, cuya consecuencia principal fue la de
establecer que la actividad de referencia se mantiene exenta en el
período comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
1999.
A su vez, formula una opinión con relación a la restitución del
impuesto ingresado por las entidades de medicina prepaga y,
finalmente, analiza la situación fiscal a partir del 1/1/2000 a la
luz de las consideraciones del decisorio.
Por Humberto J. Bertazza
01/11/00
|
|
|
|
|
 |
Imposición
al patrimonio |
|
|
Los impuestos
patrimoniales asumen como base de tributación, no la renta neta sino
los valores patrimoniales, que pueden o no generar renta. Sin embargo,
entre estos impuestos hay algunos cuya naturaleza es dudosa, por
ejemplo en los impuestos a la propiedad raíz, el objetivo es gravar
la renta de dicha propiedad, que generalmente existe, y cuando no, la
renta potencial que aquella es capaz de producir. Es así como
llegamos a una de las características de los impuestos que adoptan la
base patrimonial en lugar
de la base renta, esto es
la sustitución de la renta efectiva, por la renta potencial, que es
una legítima expresión de capacidad económica, y por lo tanto de
capacidad contributiva.
Por
alumnos 2do. año Maestría en Tributación-UMSA
22/10/00
|
|
|
|
|
 |
Ganancia
mínima presunta |
|
|
Al momento de
escribirse este trabajo existe un importante debate acerca de este
tema, observándose dos posturas bien definidas: quienes sostienen el
inicio de la vigencia del nuevo tributo desde el 31/12/98 y quienes la
consideran desde el 1/1/99.
Por
alumnos 2do. año Maestría en Tributación-UMSA
22/10/00
|
|
|
|
|
 |
La
mora no culpable en el pago de impuestos |
|
|
Con la intención de estimular el análisis
jurídico de complejas situaciones de hecho en las cuales no resulta
justo hacer responsable al contribuyente por su falta de pago, el
doctor Mihura Estrada examina ciertas particularidades de la mora como
instituto a la luz de un reciente fallo de la Corte Suprema en la
causa "Citibank NA". Sin perjuicio de que se resolvió en
contra de la aplicación de la mora imputable, resultan relevantes las
aclaraciones que realizó nuestro Máximo Tribunal en relación con la
aplicación del último párrafo del artículo 509 del Código Civil.
Por Ricardo Mihura Estrada
01/09/00
|
|
|
|
|
 |
Vías
procedimentales para acceder al Tribunal Fiscal de la Nación |
|
|
El presente trabajo analiza las distintas vías
para obtener "justicia" a través del Tribunal Fiscal de la
Nación. Destaca algunos rasgos distintivos del mismo y efectúa una
caracterización sobre los recursos y acciones en general, citando en
cada caso la doctrina y jurisprudencia pertinentes.
Por José Luis Jáuregui
01/09/00 |
|
|
|
|
 |
Conversión
de quebrantos impositivos de crédito fiscal. Gravabilidad en el
impuesto a las ganancias |
|
|
|
|
El criterio sostenido por la Administración
Federal de Ingresos Públicos determina que el crédito emergente del
procedimiento de conversión de quebrantos significa la existencia de
un incremento patrimonial que, como tal, debe considerarse gravado en
el impuesto a las ganancias. Sustentándose en un seguimiento de la
evolución normativa del tema, y en el análisis de la naturaleza del
quebranto impositivo y su gravabilidad, los autores afirman que,
contrariamente a lo expresado por el Fisco, no se presenta un
incremento patrimonial que justifique su gravabilidad.
Por Jorge Gebhardt, Ruben H. Malvitano y Daniel Dasso
01/09/00 |
|
|
|
|
 |
Los
intereses resarcitorios y la legalización del anatocismo en materia
fiscal |
|
|
|
|
Repasando las características de los
intereses resarcitorios según el artículo 37 de la ley de
procedimiento fiscal ,luego de las modificaciones introducidas en él
por la ley 25239, la autora demuestra aquí que el pretendido
"carácter aclaratorio" de la modificación introducida no
ha hecho otra cosa que legalizar el anatocismo, discutido instituto
del cual, en el presente trabajo, la doctora Gómez nos ofrece un
completo panorama en materia fiscal, jurisprudencial y doctrinaria, así
como de su vinculación con las normas del Código Civil y las garantías
constitucionales. La reflexión final es que la nueva reforma le
permite al Estado exigir más y peor a través de la aplicación del
anatocismo, amenazando aún más al patrimonio del contribuyente que
se ve atacado desde ya por los intereses resarcitorios, cuyas elevadas
tasas representan más una sanción de tipo penal que una de tipo
civil que intenta resarcir el capital por la mora incurrida.
Por Teresa Gomez
01/09/00 |
|
|
|
|
 |
Impacto
jurídico de los ajustes por precios de transferencia |
|
|
Las normas de precios de transferencia no
tienen una aplicación exacta, sino que sólo proveen un rango de
precios que satisfarían el principio de partes independientes. Si en
el orden fiscal o por algún otro motivo se decide realizar un ajuste,
éste podría implicar la vulneración de derechos de acreedores o
accionistas minoritarios; así, la realización de esa clase de
ajustes puede fortalecer la procedencia de reclamos al evidenciar que,
en la transacción efectuada, el precio no respondea las pautas
normales del mercado. El doctor Gotlib plantea estas cuestiones en la
presente colaboración y profundiza sobre ellas desde el punto de
vista del derecho societario.
Por Gabriel Gotlib
01/09/00 |
|
|
|
|
|
 |
La
imposición y el comercio electrónico (el E-commerce)
|
|
|
Sin lugar a dudas, la
explosión tecnológica liderada por Internet requiere que los
principios internacionales de tributación, que aún conservan
inalterables conceptos tales como "presencia física" o
"lugar de desarrollo de la actividad", recepten la problemática
derivada del comercio electrónico como modalidad de intercambio que
ha derribado todas las fronteras y ha permitido, entre otras cosas,
que la presencia física ya no sea indispensable para poder llevar
adelante una actividad comercial. Los autores se internan en la cuestión,
introduciendo al lector en la terminología más utilizada y
analizando particularmente la aplicación del concepto de
establecimiento permanente (concepto capital a los efectos de la
imposición) y su definición en los modelos de convenio de la
Organización de Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE) y en
nuestra legislación nacional.
Por
Mercedes Ribet y Juan C. Yemma
01/09/00 |
|
|
|
|
 |
Servicios
prestados en el exterior, transmitidos al país por medio
electrónicos |
|
|
|
|
El vertiginoso avance de la tecnología ha
cimentado en el mundo entero un nuevo universo de negocios, en donde
es posible interactuar de manera instantánea con distintos y
distantes espacios geográficos. Señalando la necesidad de la
adecuación del derecho tributario a la inusitada expansión de
fronteras a la que se asiste, el doctor Karschenboim se interna en
este nuevo orden y analiza el caso de los servicios generales
prestados en el exterior por sujetos también del exterior, y que son
transmitidos al país a través de medios electrónicos, con el fin de
precisar el tratamiento que corresponde otorgar a este tipo de
operaciones en el marco vigente del impuesto a las ganancias.
Por Ruben Karschenboim
16/07/00 |
|
|
|
|
 |
Nuevo
régimen de retenciones en el impuesto a las ganancias a beneficiarios
del país |
|
|
|
|
Con el dictado de la resolución general
(AFIP) 830 entra en vigencia, a partir del 1 de agosto de 2000, el
nuevo régimen de retenciones para beneficiarios del país, quedando
sin efecto las resoluciones generales (DGI) 2748 y 2793. De acuerdo
con la estructura de títulos y acápites en que se divide la nueva
norma, el autor ensaya un minucioso análisis de las novedades que el
nuevo régimen instituye respecto del anterior, así como de los
aspectos que presentan aristas controvertidas.
Por Jacobo Luterstein
16/07/00 |
|
|
|
|
 |
Fideicomiso.
Aspecto jurídico y su tratamiento en el impuesto a las ganancias |
|
|
|
|
Se desarrolla un profundo estudio de la
figura en análisis, por su importancia a partir de la sanción de la
ley 24441 -cuyo objeto fue estimular la vivienda y la construcción y
auspiciar el ahorro y las inversiones extranjeras-, y sobre todo, por
tratarse de un instrumento financiero que permite la securitización,
es decir, convertir activos inmovilizados en títulos valores
susceptibles de ser colocados entre el público inversor.
Por A.De Marco, E.
Ferreiro, A. Gadea y
M. Gazdziol
|